Ética en Trabajo Social
La conciencia
ética es un componente fundamental de la práctica profesional de los
Trabajadores Sociales. La habilidad y compromiso para actuar éticamente es un
aspecto esencial de la calidad de la asistencia ofrecida a aquellos que
utilizan los servicios del Trabajo Social
El propósito
del trabajo sobre ética realizado por AIETS y FITS es de promover la reflexión
y el debate ético en las organizaciones miembros, entre los proveedores de
Trabajo Social en los países afiliados, como también en las Escuelas de Trabajo
Social y en los estudiantes de Trabajo Social. Algunos de los desafíos éticos y
problemas que enfrentan los Trabajadores Sociales son comunes para todos. Otros
son específicos para algunos países. Manteniéndose en un nivel de principios
generales, la declaración conjunta de AIETS y FITS pretende alentar a los
Trabajadores Sociales del mundo a que reflexionen sobre los desafíos y dilemas
que enfrentan, y que tomen decisiones éticamente informadas acerca de cómo
proceder en cada caso en particular.
Algunas de
estas áreas problemáticas incluyen:
El hecho de
que, a menudo, la lealtad de los Trabajadores Sociales está en medio de un
conflictos de intereses
·
El hecho de que
los trabajadores sociales actúan simultáneamente como ayudadores y
controladores
·
Los conflictos
entre el deber de los trabajadores sociales de proteger los intereses de las
personas con quienes trabajan, y las demandas sociales de eficiencia y utilidad
·
El hecho de que
los recursos de la sociedad son limitados
Este documento
toma como punto de partida la definición de trabajo social adoptada por FITS en
la Reunión General realizada en Montreal, Canadá en Julio 2000, y por AIETS en
la Asamblea General que se reunió en Montreal en Julio 2000, y por una votación
postal realizada posteriormente.
En Copenhague, Mayo 2001, FITS y AIETS acordaron conjuntamente una definición internacional (sección 2). Esta definición enfatiza los principios de los derechos humanos y de la justicia social. La siguiente sección (3), hace referencia a las diversas declaraciones y convenciones sobre derechos humanos que son relevantes para el Trabajo Social, seguida de una declaración de principios éticos generales enunciadas bajo dos amplios títulos: derechos humanos y dignidad; y justicia social (sección 4). La sección final introduce algunas indicaciones básicas sobre la conducta ética en Trabajo Social, que se espera serán elaboradas de acuerdo con las guías éticas y con los diversos códigos e pautas de las organizaciones asociadas a AIETS y FITS.
En Copenhague, Mayo 2001, FITS y AIETS acordaron conjuntamente una definición internacional (sección 2). Esta definición enfatiza los principios de los derechos humanos y de la justicia social. La siguiente sección (3), hace referencia a las diversas declaraciones y convenciones sobre derechos humanos que son relevantes para el Trabajo Social, seguida de una declaración de principios éticos generales enunciadas bajo dos amplios títulos: derechos humanos y dignidad; y justicia social (sección 4). La sección final introduce algunas indicaciones básicas sobre la conducta ética en Trabajo Social, que se espera serán elaboradas de acuerdo con las guías éticas y con los diversos códigos e pautas de las organizaciones asociadas a AIETS y FITS.